“No puedo pensar en ninguna necesidad de la infancia tan fuerte como la necesidad de protección de un padre” (Sigmund Freud), esta frase de Sigmund Freud nos orienta a que no existe reemplazo y mucho menos excusas que justifiquen la desprotección de un ser inocente
Derd Yair “N” el “niño sicario” también identificado con el alias del “niño piedra” fue detenido por fuerzas policiales en el ejido la Corregidora, ubicado en la zona rural de Villa hermosa en el Estado de Tabasco, el adolescente era considerado como un objetivo prioritario por las autoridades estatales en virtud de que se presumía que lideraba una célula criminal dedicada al asesinato, secuestro, extorsión y la venta de droga en la citada zona, al momento en que se detuvo al menor según el informe dado a conocer por las autoridades, y reproducido por algunos medios locales y nacionales, asientan que se le aseguro un arma de fuego que portaba del tipo sub ametralladoras Uzi y otras armas más, así como cartuchos, drogas y un teléfono celular donde había evidencia de sus delitos, el adolecente fue detenido junto con su presunto jefe de nombre José Asunción “N” alias el “Chunco” de 37 años quien es señalado como líder de una célula delictiva que operaba en la región, ambos detenidos son acusados de delitos contra la salud y portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército, igualmente implicados en la venta de drogas, secuestro y extorsión, además de ataques violentos en distintas regiones del Estado de Tabasco; entre los hechos que se vierten por las autoridades es el intento de incendio de una vivienda cuyos habitantes se negaron a pagar “cobro de piso”
Si bien en este momento el caso se remite al plexo normativo en cuanto a la juridicidad del hecho delictivo considerando al adolescente como victimario; el tema tiene muchas aristas pero una de ellas que no hay que perder de vista, es que dicho adolescente como se le ha denominado por su alias “niño sicario” no deja de ser una víctima en primer término del núcleo familiar que permitieron que ese niño se saliera del guacal en palabras coloquiales, al no brindarle las herramientas necesarias para un sano desarrollo desde su niñez y adolescencia.
Este hecho nos conmociona como sociedad en general en una de las tantas historias sobre niñas, niños y adolescentes que han tomado caminos equivocados, son hechos que además de conmocionarnos nos invitan a la reflexión y también a la preocupación de estos casos que nos cimbran, pero también a la ocupación y a la acción de medidas de prevención como una eficaz y adecuada atención a adolescentes como el caso en comento, que si bien cometió delitos y que obviamente se les castigara de acuerdo al grupo etario que marca la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, misma de la que evoco algunos derechos que vienen a mi mente como el derecho al acceso a una vida libre de violencia y a la integridad personal, el derecho a la protección de la salud y a la seguridad social, el derecho a la educación, el derecho al descanso y al esparcimiento, el derecho al acceso de una vida libre de violencia y a la integridad personal, el derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral, el derecho a vivir en Familia, el derecho a la vida, a la paz a la supervivencia y al desarrollo. Igualmente, la citada ley en su artículo 11 expone que “es deber de la familia, la comunidad a la que pertenece, del Estado y, en general de todos los integrantes de la sociedad, el respeto y auxilio para la protección de los derechos de niñas niños y adolescentes, así como garantizarles un nivel adecuado de vida”.
Y es en este punto donde nuevamente la prevención tiene que ser el eje rector de toda actividad humana, como una eficaz y adecuada atención a niñas, niños y adolescentes, victimas en situación de desprotección o de riesgo de sufrirla, lo cual sin duda no deja de ser una tarea ardua que requiere una gran cantidad de esfuerzos y una labor coordinada que implique tanto a las familias, las administraciones públicas y a la sociedad en general, pues implica ver a los menores como ciudadanos corresponsables de la sociedad en la que viven y se desarrollan y por supuesto a los profesionales tanto a maestras, maestros, criminólogos, trabajadores sociales, psicólogos, médicos, y abogados dedicados a temas de intervención en criminología educativa en contacto con las infancias y la familia, reiterando que el tema no solo es responsabilidad exclusiva de las administraciones públicas en cualquiera de sus niveles, y que claro tampoco los exime pues implica una necesaria actuación eficiente y eficaz por parte de todos los profesionales comprometidos en la labor de prevención, donde tan pronto y derivado de esas intervenciones se detecte una posible situación de conductas desviadas o bien de victimización, y que en función de una prevención adecuada dependerá el alcance de las afectaciones de los sucesos presentes y futuros.