Hace unos días estuvimos testigos cuando en las redes se difundieron imágenes de personas que estaban quemando la figura de la ministra presidenta de la Corte, Norma Piña durante su discurso por la conmemoración de la nacionalización del petróleo. Sin duda las mujeres actualmente forman la parte de la vida política y seguirlas atacando de esta forma no tiene nada que ver con su trayectoria profesional, a lo contrario, destaca los estereotipos de la sociedad que no nada más invisibilizan la mujer, sino sus éxitos minimizan hasta con los actos de odio y la agresión.
De la misma forma la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación en su artículo 9º establece que la discriminación tiene también por el objetivo promover el odio y la violencia a través de mensajes e imágenes en los medios de comunicación o también incitar al odio, violencia, rechazo, burla, injuria, persecución o la exclusión; que sin duda la actuación dirigida hacia la actual ministra presidenta, si es pero por ser funcionaria publica los actos discriminatorios en este caso configuran la violencia política. La violencia de cualquier tipo genera más violencia y por tal razón es importante poner en camino los recursos legales correspondientes. Ahora más que nunca es importante demostrar que la justicia puede realizarse en forma pronta, expedita pero primeramente apolítica, así como lo resulta de la división de los poderes constitucionalmente establecida. La argumentación de la libertad de expresión como derecho fundamental por parte de los agresores en este dado caso no aplica como recurso de la defensa, porque los actos representan el ataque a la moral y los derechos de tercero que prohíbe el artículo 6º constitucional.
La discriminación de la mujer y la violencia política por razón de genero representa la resistencia al cambio del paradigma en el que las mujeres han dejado de participar únicamente en la vida privada y empezaron intervenir de manera activa en un espacio tradicionalmente masculino. El Tribunal del Poder Judicial de la Federación referente a la violencia política por razones de genero destaco que son actos u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer, tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo. La preparación y la disposición de servir deberían ser las medidas de la calidad de la ser humano, en ese caso cualquiera funcionaria pública. Nuestra Constitución así como los tratados internacionales obligan a las autoridades actuar con debida diligencia y de manera conjunta para prevenir, investigar, sancionar y reparar una posible afectación a los derechos de las víctimas. La gran tarea en este caso tienen los tribunales electorales referente a las mujeres en cargos públicos y en los asuntos de la discriminación por razón de género, las fiscalías que deberían trabajar primero en la difusión de los derechos de las víctimas y visibilizar las vías para hacerlos efectivos.
Por lo último quiero mencionar que la difusión de mensajes discriminatorios y de odio por los medios de comunicación, así como en redes sociales genera violencia simbólica y psicológica y para los agresores debería resultar no nada más en disculpas públicas sino en el registro en el padrón de agresores. Por eso tiene una gran importancia el compromiso social que asumimos cada uno de nosotros de contribuir a uno de los cambios sociales más importantes en la actualidad que es la vida libre de violencia e igualdad de género, porque la violencia de cualquier tipo es un obstáculo en salvaguarda del estado de derecho y de la democracia.